El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito informa a la ciudadanía que a partir del 21 de mayo de 2021 se retoma la medida de movilidad Hoy No Circula y se mantienen los aforos mínimos permitidos en espacios públicos y privados.
La restricción vehicular se aplicará en el área urbana de la ciudad de Quito, de acuerdo con los límites establecidos por la Secretaría de Movilidad y con el siguiente horario:
Los lunes no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 0, 1, 2 y 3; martes 2, 3, 4 y 5; miércoles 4, 5, 6 y 7; jueves 6, 7, 8 y 9; y los viernes 0, 1, 8 y 9.
La restricción vehicular se aplica de lunes a jueves de 06:00 a 20:00 y se habilita la libre circulación desde las 20:00 hasta las 06:00 del día siguiente.
Desde el 21 de mayo, el Plan #HoyNoCircula se aplicará así 👇
— Municipio de Quito (@MunicipioQuito) May 19, 2021
Viernes: Restricción total desde las 23h00.
Sábados: Libre circulación de 06h00 a 23h00 y se restringe desde esa hora.
Domingo: Libre circulación de 06h00 a 24h00.
Feriados: Libre circulación 24 horas.#NoTeRelajes. pic.twitter.com/mLkxYwylYw
Mientras que los días viernes la restricción vehicular, para las placas asignadas, será de 06:00 a 23:00, restringiéndose la circulación vehicular desde las 23:00 hasta 06:00 del siguiente día.
Los sábados habrá libre movilidad de 06:00 a 23:00 y se restringe, totalmente, la circulación vehicular desde las 23:00 hasta las 06:00 del día siguiente.
Los domingos hay libre movilidad de 06:00 a 24:00.
Los feriados podrán circular las 24 horas del día todas las placas.
Se exceptúan de estas medidas los vehículos que tengan salvoconductos, el sector productivo, los sectores estratégicos y los que se fijen en el instructivo emitido por la Secretaría de Movilidad.
Continúan suspendidas las siguientes actividades en bares, discotecas, centros de diversión nocturna, centros de tolerancia, gimnasios y centros de entrenamiento destinados a la práctica de deportes o actividades de contacto como artes marciales, lucha, box y similares.
Se mantiene la prohibición de espectáculos públicos y el aforo del 50% para centros comerciales, supermercados, mercados, agencias bancarias, cooperativas y restaurantes. Los cines, teatros y auditorios podrán operar con el 30% del aforo.
Las entidades municipales se encargarán del cumplimiento de estas medidas en todo el Distrito Metropolitano de Quito.